domingo, 22 de mayo de 2011

~>elecciones locales<~

1.¿quien tiene derecho a votar ne estas elecciones?
-Todos los españoles mayores de edad.
-Españoles residentes en el extranjero. (Estos solo pueden votar en las asambleas legislativas de las comunidades autónomas y a asambleas de ceuta y Melilla.)
-Ciudadanos de la Unión Europea residentes en España. Deberán estar inscritos en el censo electoral y en el Padrón municipal.
-Ciudadanos de otros países con acuerdos recíprocos sobre la participación en las Elecciones municipales. (Noruega, Ecuador, Nueva Zelanda, Colombia, Chile, Perú, Paraguay, Islandia, Bolivia y Cabo Verde.)
2.Qué formaciones pueden presentarse para ser elegidos sus candidatos.
-Los partidos y federaciones inscritos en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior.
-Las coaliciones constituidas que así lo hayan comunicado a la Junta Electoral correspondiente, en los 10 días siguientes a la convocatoria (entre los días 30 de marzo y 8 de abril) haciendo constar la denominación de la coalición, las normas por las que se rige y las personas titulares de sus órganos de dirección o coordinación.
-Las agrupaciones de electores que reúnan los requisitos establecidos.
3.En qué comunidades autónomas se celebran elecciones el 22 de mayo.


  • Elecciones a Asambleas Legislativas en trece Comunidades Autónomas: Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla 
  • La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Madrid, Murcia, Navarra, La Rioja y la Comunidad Valenciana (no celebran Elecciones a Asambleas Legislativas en Andalucía, Cataluña, Galicia y el País Vasco).
  • Consejos Insulares de Mallorca, Menorca e Ibiza.
  • Juntas Generales de los Territorios Históricos de Araba, Bizkaia y Guipuzkoa.
  • Concejos de Navarra.
  • Consejo General del Valle de Arán.
  • Elecciones a Entidades Locales Menores Autónomas de Andalucía
  • Elecciones a Entidades Locales Menores de Extremadura
  • Elecciones a Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana
4.Cómo se vota por correo (en el apartado "visitas virtuales")


  • Una vez convocadas las elecciones y hasta el 12 de mayo de 2011- personalmente y con su D.N.I., a cualquier Oficina de Correos y solicitar el impreso para votar por correo.
  • Rellenar y firmar el impreso de solicitud. El funcionario de Correos comprobará la coincidencia de la firma. No se admitirá fotocopia del DNI.
Los servicios de Correos remitirán toda la documentación a la Oficina del Censo Electoral. Ésta anota en las Listas del Censo que se ha solicitado votar por correo -de modo que YA NO PUEDA VOTAR PERSONALMENTE- y remite al elector por correo certificado al domicilio que le haya indicado o, en su defecto, al que figure en el Censo:
  • Una papeleta de cada una de las formaciones políticas que se presente a las elecciones y un sobre de votación, en el que se introducirá la papeleta correspondiente.
  • el certificado de inscripción en el censo.
  • un sobre en el que figurará la dirección de la Mesa donde le correspondería votar.
  • una hoja explicativa.
Esta documentación también debe ser recogida por el elector previa acreditación de su identidad. Si no estuviese en su domicilio, tendrá que ir a recogerla a la Oficina de Correos correspondiente.
Una vez que el elector haya escogido la papeleta de voto, la introducirá en el sobre de votación y lo cerrará, y siguiendo las instrucciones correspondientes, lo remitirá junto con el certificado de inscripción en el censo en otro sobre que remitirá por correo certificado hasta el día 19 de mayo. Debe tenerse en cuenta que no es necesario que el elector acuda personalmente a la Oficina de Correos a certificar el sobre de votación, sino que podrá hacerlo otra persona en su nombre.
El Servicio de Correos conservará hasta el día de la votación toda la correspondencia dirigida a las Mesas Electorales y la trasladará a dichas Mesas a las nueve de la mañana.
Asimismo, seguirá dando traslado de la que pueda recibirse en dicho día, hasta las veinte horas del mismo. El Servicio de Correos llevará un registro de toda la documentación recibida, que estará a disposición de las Juntas Electorales.
Los sobres recibidos después de las veinte horas del día fijado para la votación se remitirán a la Junta Electoral de Zona.
 5.Qué hace quién (en "visitas virtuales")
La administracion electoral vela por la transparencia y objetividad del proceso electoral y del principio de igualdad.Está compuesta por las juntas elctorales y las mesas elcetorales.
~Juntas electorales provinciales(JEP) y juntas electorales de zona(JEZ):
-Los JEP y JEZ se cosntituyen para cada proceso electoral.
-Les corresponde, resover las quejas y reclamaciones que le dirijan con la ley orgánica del regimen Electoral de General.
-Las JEZs exiten en cada partido judicial y garantizan la exitencia en cada mesa electoral de los medios necesarios para que puedan celebrarse las elecciones convocadas.Para las elecciones convocadas. Para las eleciones municipales es la junta Electoral competente en la relación z presentación y proclamación de candidatos.
-Los JEZ y los JEP estan compuestos por 5 miembros.
-En las ciudades autonomas de ceuta y melilla las juntas electorales de la zona acumulan las funciones de las JEP.
~Junta electoral central:
Es el organo superior de la administracion electoral y es el unico permanete de la misma que tiene entre otras competencias:
dirigir y supervisar la actualización de la OCE.
Resover las quejas, reclamaciones y recursos que e le dirijian.
Velar por el cumplimiento de las normas relativas a las cuentas y los gastos electorales por parte de las candidaturas.
Valar por el cumplimiento de las normas relativas a las cuentas y gastos electorales por parte de las candidaturas.
Ejercer potestad disciplinaria sobre toda las personas que intervengan con carácter oficial en las operaciones electorales.
Aprobar a propuesta de la administración del Esatdo o de la Administración de las CCAA los modelos de actas, etc.
Compuesto por 13 miembros.
~Mesas electorales:
Se constituyen para el día de las elecciones.
Esta formado por ciudadanos y ciudadanas elegidos por sorteo entre los censados en la sección correspondiente.
La mesa es única aunque coincida la celebración de varias eleciones.
Cada mesa esta compuesta por un presidente y dos vocales.
Le corresponde a la mesa entre dos funciones:
-Comprobar que el localelectoral reúne las condicionesa necesarias para poder celebrar el acto de voatación y observar si el amterial electoral muestra alguna deficiencia.
-Presidir la votación y hace guardar el orden en el loccal electoral para que se desarolle sin ningun tipo de incidente.
-El inicio y cierre de la votaciones así como el escrutinio y la entrega de la documentación electoral a los juzgados de primera instancia o de paz y correos.
 ~Ministerio de interior.Dirección general de política interior:
Le corresponde la organización general de los procesos electorales de ámbito estatal.
Entre sus competencias se encuentran las siguentes:
-La relación de la administración electoral y particular con la junta electoral central.
-La getión de la relación con los órganos competentes de las comunidades autónomas en materiales electorales
-La coordinación de las unidades dependientes de otros ministerios con competencias en materia electoral
-información prvisional sobre los resultados.
-El registro de partidos políticos.
-la financiación pública de los partidos políticos en los términos establecidos en la legislación vigente.
~Ministerio de asuntos exteriores y cooperación:
Encargado-junto a correos y la oficina del Censo Electoral-de hacer efectivo el ejercicio del derecho de sufragio de los españoles del extranjero.
Las oficinas y selecciones consulares se encargan de la tramitación de las solicitudes de la  documentación electoral de aquellos españoles que residan temporalmente en el exterior.
Los españoles que residen en el exterior no votan en las elecciones locales pero sí pueden hacerlo a las eleciones a las asambleas de ceuta y melilla..
para ello,pueden depositar su voto en una urna en la oficina y selección consular en la que estén adscritos o remitirlos a estar por correo.
~Ayuntamientos:
Encargados de la gestión del proceso electoral a nivel local.
~Oficina del censo electoral.M.de economía y hacienda:
Es el órgano encargado de la formación y actualización del censo electoral.Está encuadrada en el instituto nacional de estadísticas y ejerce sus competencias bajo la direción y supervisión de la junta electoral central.
entre sus competencias se encuentran:
-Coordinar el proceso de elavoración del censo electoral y con tal fin puede dirigir instrucciones a los ayuntamientos y consulados , así como los responsables del Registro Civil y del Registro de Penales y Reveldes.
supervisar el proceso de eleavoración dle censo electoral y a tal  efecto puede inspeccionar los ayuntamientos y consulados.
Correos y telégrafos:
Correos también participa en el desarrollo  del proceso electoral.
Sus competencias básicas dese el punto de vista de la gestión del proceso eran referidos al ejercicio efectivo del voto por correos, tanto nacional como internacional.
con ocasión de cada proceso electoral, el ministerio de fomento dicta una orden ministerial en la que se recogen las normas sobre colaboración del servicio de correos en las elecciones.
Delegación y subdelegación del gobierno:
La delegación y subdelegación del gobierno realizan importantes funciones electorales en su ámbito respectivo territorial, en estrecha colaboración con el ministerio del interior, entre las que encuentran tareas de seguridad, logística electoral, almecenamiento y remisión de la información relativa al escrutinio provisional de los resultados.
Partidos políticos y federaciones:
Asociaciones de carácter privado inscritas como tales en el registro de partidos políticos dependiente del misterio de interior.
Coaliciones electorales:
formaciones de caracter temporal,constituidas por partidos y federaciones, para que se presenten candidatos en un proceso electoral concreto.
no existe un registro de coaliciones electorales.Su creación debe comunicarse a la junta electoral al ámbito de actuación de coalición.
Han de construirse para cada proceso,o para varios convocados en la misma fecha, y se exigen una vez celebrados.
Agrupaciones de electorales:
Formación política que se constituye eon el aval de un número variable de firmas de electores de la circunscripción, y sólo para poder presentar candidatura a un proceso electoral concreto y determinado.
En el caso de las elecciones locales deben presentar un número de firmas determinado según la población e municipios donde van a presentar candidaturas.
No tienen vocación alguna de permanencia y, si quieren presentarse en otro proceso electoral,ha de procederse a las nuevas recogidas de firmas.
Electores:
Españoles mayores de edad inscritas en el censo electoral de residentes en españa y que no se hallen privados de su derecho de dufragio,los nacionales de otros paises que residen en españa y hallan manifestado su voluntad de participar y los ciudadanos de países extranjeros con los que se haya suscrito convenio de reciprocidad,esten empadronados en su municipio español y hayan manifestado su voluntad de votar en españa.
votantes:

Los electores se convierten en votantes desde el momento en  que votan.En España el voto es voluntario.Nadie puede ser obligado ni coaccionado a votar.
las diferencias entre números de electores y números de votantes representan el índice de participación, dado muy importante para valorar el proceso electoral.
ministerio de interior:
Informa sobre el proceso y sobre los resultados provisionales,a través de las campañas institucionales, de su pag web y de las ruedas de prensa que,junto con la Secretaria de Estado de Comunicación, se ofrece durante el fin de semana electoral.
Mediciones de comunicación:
Los medios de comunicación emiten las campañas institucionales que elabora el proceso electoral, las actividades de las formaciones políticas que concurren , el operativo electoral y los resultados electorales.
Fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Cuerpos de seguridad autonómicos.
Policía local.
Ministerio de defensa: 
participa en el proceso electoral facilitando el voto del personal de las fuerzas varmadas embarcando con los defensa nacional y en misiones internacionales.
Con ocasión de cada proceso electoral, el Ministerio de Defensa dicta una orden en la que se especifica el procedimiento que debe seguirle para facilitar el ejercicio de sufragio de este colectivo.
Secretaría general de instituciones penitenciaras:
Participa en el proceso electoral facilitando el voto de los internos en el centro penitenciaros que no hayan sido privados del ejercicio de derecho de sufragio.
esos internos votan por correo siguiendo el procedimiento explicado en preguntas y respuestas.
Representantes de la administración:
personas designadas por la administración para estar durante todo el día en una mesa electoral y recoger la información relativa a la apertura de las mesas,datos de participación y resultados electorales.
Esta información es transmitida al organismo encargado de realizar el escrutinio provisional que dará a conocer al público la información provisional de resultados.
Operadores e interventores:
Son personas designadas por los partidos políticos para actuar el día de la votación en los colegios electorales.
Pueden ostentar emblemas o adhesivos de la entidad política a la que representan,pero sólo para identificarse como interventores o apoderados de esa candidatura y sin que ello constituya propaganda electoral.
     -Apoderados:
personas mayor de edad, en pleno uso de sus derechos civiles y políticos, que representan a un partido pólitico en todas los actos operativos electorales.
Pueden acceder a todos los locales electorales, examinar el desarrollo de la votación y del escrutinio en cualquier mesa;formular reclamaciones y pedir certificados.
    -Interventor:
Representante de la candidatura ante una mesa electoral.
Desempeña su función sólo ante la mesa en la que está acreditado.
Participa en las deliberaciones de la mesa con voz pero sin voto.
Puede formular reclamaciones, protestas y pedir certificados.
Votan el en la mesa ante la que están acreditados aunque no estén incluidos en el censo de la misma,siempre y cuando figuren en las circunscripciones correspondientes a esa mesa.En caso contrario, votarán por correo.
Secretarios de los ayuntamientos:
Son los delegados de la Junta Electoral de Zona y actúan bajo la estricta dependencia de la misma.
Colaboran en logística electoral y la supervisión de los colegios electorales para que el día de la jornada electoral tenga cubierta sus necesidades.
6.Analiza los resultados electorales de 2007 en tu pueblo.
Votos por partidos en Villanueva del Rosario
Partido
Concejales
Votos
UT-LV2007
5
1006
45.83%
PSOE
4
722
32.89%
IULV-CA
1
212
9.66%
PP
1
208
9.48%

Resumen del escrutinio de Villanueva del Rosario
Votos contabilizados 2225 76.22%
Abstenciones 694 23.78%
Votos nulos 30 1.35%
Votos en blanco 47 2.14%
7. Mira en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga qué listas se presentan en Villanueva del Rosario y quienes las componen.

PSOE:
1.Jose Antonio Gonzalez Vegas.
2.Inmaculada Pascual Martín
3.Juan Francisco Gonzalez Lorca
4.Sonia Calvo Gutierrez
5.Juan Manuel Cáceres Gonzalez
6.Bruno Antonio Garcia de Cozar
7.Carlos Manuel Rodriguez García
8.María Dolores Serrán Carneros
9.María Isabel Moreno Godoy
10.Conrado García Vegas
11.María Jesús Díaz Arjona
Suplentes:
1.Francisco Jesús Rico Ramos.
2.Francisco José Gonzalez Vegas
3.Ana Isabel Jimenez Cruz
4.Rocio Salazar Villodrez



PP:
1.Salvador Gonzalez Valencia.
2.Juan Manuel Vegas Gonzalez
3.Noelia Molero Vegas
4.María del Mar Báez Corrales
5.Miguel Angel Godoy Marín
6.Carolina Ruiz Repiso
7.Sergio Ortigosa Torres
8.María Josefa Fernandez Paredes
9.Manuel Curiel García
10.María José Luque San Martín
11.Antonio Salazar Molina
Suplentes:
1.Juana Mudarra Blanco
2.Diego Luque Padilla
3.Alejandra Lávaro García
4.Jacinto Lávaro Rodriguez
5.Lucio Repiso Córdoba
6.Josefa Moreno Tallón
7.Jose Juan Antonio Lara Luque


IU:
1.Miguel Ramos García
2.Ana Violeta Godoy Carneros
3.Dolores Toledano Muñoz
4.Eduardo García Ardila
5.Antonio Sanchez Prieto
6.Antonio Villodres Molina
7.Miguel Muñoz Molina
8.Juana Rosario Luque Vegas
9.Carmen María Lara Fernandez
10.José Gonzalez Muñoz
11.Rosario Romero Ruíz
Suplentes:
1.Jose Manuel Godoy Carneros
2.Rosalia Ramos Carneros
3.Jordi Vegas Perez


LV-2011:
1.Diego Miguel Gonzalez Ruíz
2.Ricardo Martín Salazar
3.Inés Martín Carneros
4.Francisco Vegas Cano
5.María del Carmen Requero Peralta
6.Francisco Martín Repiso
7.María Isabel Briasco Bermúdez
8.Jose Antonio Molina Sedano
9.Luis Arjona Jimenez
10.Veronica Cristina Salazar Martín
11.Jose María Cordoba Jimenez
Suplentes:
1.Antonio Salazar Vallejo
2.María del Rosario Cozar Moreno
3.Isabel Perez Escamillas
4.Miguel Ruíz Sanleón 


A.S.R:
1.Juan Ramon Díaz Moreno
2.Francisco Enrique Ortigosa Molina
3.Susana Muñoz Gutierrez
4.Amparo Villodres Navas
5.Juan Carlos Muñoz Gutierrez
6.María Pilar Romero Rico
7.Alejandro Muñoz Pelaez
8.Sandra Muñoz Rivera
9.Elias Serrán Porras
10.Francisco Javier Vegas Vargas
11.Rosario Isabel Molina Muñoz.
8.Realiza una entrevista a un candidato (da igual en qué puesto de la lista vaya a las elecciones).
 Hemos decidido entre todas, entrevistar a Dolores Toledano Muñoz, concejala de IU.
- ¿Porque decidiste presentarte a concejal?
Porque el pueblo necesitaba un cambio.
-¿Cuales eran las principales propuestas del partido? Saneamiento del pueblo y trabajar sobretodo, contra la corrupción.
- ¿Cuanto tiempo crees que, hubieras dedicado a tu labor como Concejal; si fueras sido elegido?
Todo el tiempo que fuera sido necesario.
- ¿Que requisitos cree que tiene que tener una persona para presentarse o para ser un buen concejal?
Ante todo transparencia, humildad y dedicación
- ¿Como han sido tus anteriores años en la política?
Este año es el primero que he decidido presentarme como concejala, aunque no hayamos salido elegidos.
- ¿Por que deberíamos haber votado a este partido?
Porque el pueblo necesitaba indispensablemente un cambio, y las propuestas eran; precisamente las adecuadas.
- ¿En que crees que beneficia este partido al pueblo?
Muchos y todos positivos. Entre ellos, destacaban la posibilidad de que los jóvenes tuvieran una formación adaptada para su futuro,y la mejoración de nuevas estructuras; como el mejoramiento de las aguas del campo de golf.

9.Consulta y comenta alguna página o blog de cualquier partido político local.  

He obsevado que el blog tiene todas las obras comunitarias que ha el partido "los verdes" ha hecho por el pueblo y una que me ha gustado mucho a sido una que hay contra la drogodependencia esa pag ha sido muy interesante, pero no solo habia esa paginatabien habia sobre el polideportivo cubierto o por la pista de padel,etc.bueno hay muchas mas la pag es muy interesante y ahora que me fijo el antiguo alcalde ha hecho muchas cosas por nuestro pueblo aunque no se vea.La  verdad es que nuestro pueblo a ido progresando poco a poco y nosotros no nos haiamos dado cuenta.
10.¿Cómo se eligen a los concejales, o lo que es lo mismo, en qué consiste la ley de D'Hont?

En España no hay segundas vueltas. Como ocurre en la mayoría de las democracias consolidadas. Si hubiera segundas vueltas gobernaría siempre el partido ganador, no pequeñas minorías como ocurre en la práctica.
La Ley d'Hont establece el reparto de cargos electos en función del número de votos conseguidos, primando a los partidos más votados que siempre arañan algún cargo en los restos, privando a los pequeños grupos de representación.
Con los resultados de las últimas elecciones municipales celebradas en Colunga:
1º) Se divide el número total de votos de cada partido entre 1, 2, 3,, 4.....hasta que se complete el número de cargos electos, en este caso los concejales a elegir en el concejo de Colunga son 11.
  • Partido votos :/1 :/2 :/3 :/4
  • P.P. 944 944 472 314 236
  • P.S.O.E 842 842 421 280 210
  • C.D.S 513 513 256 171 128
  • I.U. 212 212 106 71 53
  • U.R.A.S 183 183 91 61 46
  • P.A.S 12 12 6 3 2
2º) A continuación se escogen las cifras más altas hasta completar los 11 concejales. La cifra más alta, en este caso es 944, pues el primer concejal se lo lleva el PP. La segunda sería 842, con la que el concejal se lo lleva el PSOE. La tercera es 513, por lo cual el concejal es para el CDS. La cuarta es 472, con lo que el concejal es para el PP. la quinta 421, para el PSOE, la sexta 314, para el PP, la septima 280, para el PSOE, la octava 256, para CDS, la novena 236, para PP, la décima 212 para I.U. y la undécima 210, para PSOE, con lo que completamos los once concejales: 4 PP, 4 PSOE, 2 CDS y 1 I.U. 
11.¿Quién elige al alcalde?
La ley electoral dice:
Será elegido alcalde aquel candidato a concejal que haya obtenido la primera mayoría en la
comuna y que además pertenezca a una lista o pacto que cuente a lo menos con el 30% de los
votos emitidos en la elección, esto es, excluidos los votos nulos y los 
votos en blanco , según lo determine el tribunal electoral regional competente.
De no cumplirse lo señalado, será elegido alcalde el candidato a concejal que haya obtenido la
primera mayoría comunal y cuya lista o pacto haya alcanzado la mayor votación en la comuna.
En caso de no verificarse ninguno de los supuestos anteriores, será elegido alcalde el
candidato a concejal quien haya obtenido individualmente la mayor votación dentro de la lista o
pacto mayoritario en la comuna.
En suma, la ley le dice que un candidato será elegido alcalde siempre y cuando:
- Obtenga la primera mayoría individual en la comuna y pertenezca a una lista que haya
obtenido a lo menos el 30% de los votos válidamente emitidos.
















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